INSAD

Pioneros en Salud Ocupacional

Contribuimos en ambientes de trabajo saludables,
detectando los problemas de salud relacionadas con el trabajo,
controlando los factores de riesgos y
previniendo los daños a la salud del trabajador

Examen Médico Ocupacional

Ofrecemos, según la normativa, todas las clases de evaluaciones médico ocupacionales, con precios asequibles.

Vigilancia Médica Ocupacional

Realizamos el proceso de recolección de información y análisis sistemático necesario para proteger la salud de sus trabajadores.

Laboratorio Clínico

Contamos con una amplia variedad de pruebas de laboratorio y análisis clínicos para cuidar de tu salud y la de tu familia. Con el respaldo de profesionales.

Servicios Destacados

Nos adecuamos a los requerimientos de su empresa ofreciéndole los diversos servicios en el área de salud ocupacional.

Examen Médico Ocupacional

Ofrecemos, según la normativa, todas las clases de evaluaciones médico ocupacionales, con precios asequibles.

Vigilancia Médica Ocupacional

Realizamos el proceso de recolección de información y análisis sistemático necesario para proteger la salud de sus trabajadores.

Laboratorio Clínico

Contamos con una amplia variedad de pruebas de laboratorio y análisis clínicos para cuidar de tu salud y la de tu familia. Con el respaldo de profesionales.

Servicios Destacados

Nos adecuamos a los requerimientos de su empresa ofreciéndole los diversos servicios en el área de salud ocupacional.

La mejor inversión es la salud de sus trabajadores

Asegure la productividad de su equipo con nuestro eficiente examen médico ocupacional

Acreditaciones DIGESA

Certificaciones y Acreditaciones

Solicita tu cotización

Sírvase completar el siguiente formulario, que gustosamente le responderemos a la brevedad posible.

Preguntas Frecuentes

¿En cuánto tiempo se entrega el certificado de aptitud?

En INSAD trabajamos con un equipo de profesionales con años de experiencia brindando el servicio de Salud Ocupacional, experiencia que nos permite entregar los certificados el mismo día de la evaluación vía online.

¿Cuánto tiempo dura la evaluación?

En INSAD nuestros colaboradores tienen años de experiencia y ello nos permite asegurar que las evaluaciones tengan una duración promedio de 3 horas.

¿Son obligatorios los exámenes médico ocupacionales?

Si son obligatorios, según el inciso d del artículo 49 de la ley N° 29783.

Beneficios de los exámenes médico ocupacionales

1. Identificar peligros y evaluar los riesgos directamente relacionados a la salud de los trabajadores por grupo ocupacional.

2. Contribuir con la empresa para evitar problemas legales, laborales y en beneficio de la salud del trabajador a partir de una adecuada planificación de perfiles médicos.

3. Identificar casos en su estadio inicial que generan discapacidad a los colaboradores durante la realización de sus labores y prever enfermedades o dolencias futuras.

4. Contribuir a la maximización de la productividad de los trabajadores a través de un programa de recuperación física para las personas con alteraciones anatómicas y/o funcionales.

5. Demostrar una genuina preocupación por el trabajador y su estado físico y emocional, comprendiendo su bienestar como la base de una buena productividad en el trabajo. Eso genera fidelidad a la empresa y mejor clima laboral.

¿Quién es el responsable de recibir y entregar los resultados de salud ocupacional?

De acuerdo al artículo 71 de la ley N° 29783, los resultados de los exámenes médicos por ser de carácter confidencial deben ser informados al trabajador únicamente por el medico ocupacional de la empresa y el incumplimiento del deber de confidencialidad es pasible de acciones administrativas.

¿Es obligatorio implementar la vigilancia de la salud de los trabajadores?

Si es obligatorios según el inciso f del artículo 36 de la ley N° 29783.

¿Qué es Vigilancia en Salud Ocupacional?

– Es un sistema de alerta orientado a la actuación inmediata, para el control y conocimiento de los problemas de salud en el trabajo. El conjunto de acciones que desarrolla proporcionan conocimientos en la detección de cualquier cambio en los factores determinantes o condicionantes de la salud en el trabajo.
Fuente: Resolución Ministerial 111-2013-MEM/DM Aprueban Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad – 2013

– Es un sistema de alerta orientado a la actuación inmediata, para el control y conocimiento de los problemas de salud en el trabajo. El conjunto de acciones que desarrolla proporcionan conocimientos en la detección de cualquier cambio en los factores determinantes o condicionantes de la salud en el Trabajo.
Fuente: Decreto Supremo 007-2007-TR Modifican Artículos del D.S. Nº 009-2005-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo

– Es un sistema de alerta orientado a la actuación inmediata, para el control y conocimiento de los problemas de salud en el trabajo. El conjunto de acciones que desarrolla proporcionan conocimientos en la detección de cualquier cambio en los factores determinantes o condicionantes de la salud en el trabajo.
Fuente: Resolución de Superintendencia 265-2017-SUNAFIL Aprueban «Protocolo para la Fiscalización en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sub Sector de Minería»

– Es un sistema de alerta orientado a la actuación inmediata, para el control y conocimiento de los problemas de salud en el trabajo. El conjunto de acciones que desarrolla proporcionan conocimientos en la detección de cualquier cambio en los factores determinantes o condicionantes de la salud en el trabajo.
Fuente: Resolución de Superintendencia 055-2018-SUNAFIL Aprueban el «Protocolo para la Fiscalización en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sub Sector Electricidad»

Los exámenes médico ocupacionales según Ley 29783

Artículo 49. Obligaciones del empleador
El empleador, entre otras, tiene las siguientes obligaciones:
d) Practicar exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral a los trabajadores, acordes con los riesgos a los que están expuestos en sus labores, a cargo del empleador.

Artículo 67. Protección de los adolescentes
El empleador practica exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral a los adolescentes trabajadores.

Artículo 71. Información a los trabajadores
El empleador informa a los trabajadores:
A título grupal, de las razones para los exámenes de salud ocupacional e investigaciones en relación con los riesgos para la seguridad y salud en los puestos de trabajo.
A título personal, sobre los resultados de los informes médicos previos a la asignación de un puesto de trabajo y los relativos a la evaluación de su salud. Los resultados de los exámenes médicos, al ser confidenciales, no pueden ser utilizados para ejercer discriminación alguna contra los trabajadores en ninguna circunstancia o momento.
El incumplimiento del deber de confidencialidad por parte de los empleadores es pasible de acciones administrativas y judiciales a que dé lugar.

Artículo 79. Obligaciones del trabajador
En materia de prevención de riesgos laborales, los trabajadores tienen las siguientes obligaciones:
e) Someterse a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad del acto médico.

Los exámenes médico ocupacionales según Decreto Legislativo 005-2012-TR

Artículo 33º
Los registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo son:

a) Registro de exámenes médicos ocupacionales.

Artículo 101º
El empleador debe realizar los exámenes médicos comprendidos en el inciso d) del artículo 49° de la Ley, acorde a las labores desempeñadas por el trabajador en su récord histórico en la organización, dándole énfasis a los riesgos a los que estuvo expuesto a lo largo de desempeño laboral. Los exámenes médicos deben ser realizados respetando lo dispuesto en los Documentos Técnicos de la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores expedidos por el Ministerio de Salud, o por el organismo competente, según corresponda.

Artículo 102°
De acuerdo a lo previsto en el artículo 71° de la Ley, los resultados de los exámenes médicos deben ser informados al trabajador únicamente por el médico del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, quien le hará entrega del informe escrito debidamente firmado.
Al tratarse de una información de carácter confidencial, el médico informa al empleador las condiciones generales del estado de salud de los trabajadores, con el objetivo de diseñar medidas de prevención adecuadas.

Artículo 107°
En el caso del inciso e) del artículo 79° de la Ley, se precisa que los exámenes médicos son aquellos expresamente catalogados como obligatorios, según las normas expedidas por el Ministerio de Salud. La negativa por parte del trabajador a someterse a exámenes no obligatorios no podrá considerarse como falta sujeta a sanción por parte del empleador, con excepción de aquellos exámenes exigidos por normas internas de la organización en el caso de tratarse de actividades de alto riesgo. En este caso las normas internas deben estar debidamente fundamentadas y previamente a su aprobación ser puestas en conocimiento del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajador o Supervisor.

Últimas noticias